domingo, 26 de julio de 2026

PASTORA MIRA: DÈCADAS DE CONVERTIR EL DOLOR DE SAN CARLOS EN MEMORIA Y PERDÒN.

Pastora Mira: décadas de convertir el dolor de San Carlos en memoria y perdón 

Este pueblo del oriente antioqueño fue el primero en tener una política pública para atender a las víctimas y forjar el posconflicto. 

2013 conocí a Pastora Mira García, estaba sentada en una de las cafeterías que hay en el parque principal de San Carlos. Tomaba café y fumaba con tranquilidad contemplativa. Sabía que ella misma había encontrado a su hija desaparecida por los paramilitares, sabía que había impulsado el retorno de miles de campesinos a su pueblo, sabía que tenía un carácter férreo. Me encontré entonces a una mujer generosa, sensible, sin miedos. 

Esa vez escuché su historia por primera vez, durante cinco años nos vimos incontables veces. Pastora nació el 13 de julio de 1956 en una vereda de San Carlos. Tenía seis años cuando mataron a su padre por razones políticas, en plena violencia bipartidista. La guerra no la soltó nunca más. A los diecinueve, siendo madre de una niña de dos meses, perdió a su primer esposo, también asesinado. Con su segundo compañero tuvo cuatro hijos más; a dos de ellos se los quitaron los paramilitares años después. En 2001 desapareció su hija Sandra Paola, y Pastora tardó siete años en encontrar su cuerpo, con la ayuda de la Fiscalía. En 2005, el Bloque Héroes de Granada asesinó a su hijo menor, Jorge Aníbal. 

 Oriente Antioqueño Familias desplazadas retornaron y hoy lideran la transformación de sus pueblos con cultivos de Café, Cacao y Ecoturismo Nunca se fue totalmente de su pueblo. Trabajó como auxiliar de la Registraduría en la inspección de policía rural, montó una juguetería que tuvo que cerrar cuando los bloques paramilitares empezaron a cobrarle vacuna, y en 1998 se desplazó a Medellín huyendo de la primera de las veintitrés masacres que los paramilitares perpetraron en San Carlos. Volvió dos años después, cuando murió su madre y quedaron sin quien les cuidara dos de sus hijas. El municipio que encontró estaba casi vacío: de veinticinco mil habitantes había quedado una quinta parte. Pastora organizó a las mujeres que se habían quedado para sembrar en las tierras abandonadas, y acompañó a los bomberos, los únicos que se atrevían a salir a las veredas a recoger los cuerpos que dejaban los grupos armados. 

 De ahí en adelante construyó una carrera de servicio público sostenida en la tragedia propia. Fue concejala de San Carlos entre 2004 y 2012, primero posesionada tras el desplazamiento de la candidata que la antecedía en la lista, luego elegida dos veces por el Partido Liberal. Desde el Concejo impulsó la primera política pública de víctimas del país y ayudó a jalonar presupuesto de la Unidad de Víctimas para la restitución de tierras. Coordina desde hace años el Centro de Acercamiento para la Reconciliación y la Reparación, un espacio donde desmovilizados y víctimas se encuentran. Uno de esos desmovilizados fue el hombre que participó en el asesinato de su hijo Jorge Aníbal: Pastora lo encontró herido en la calle, lo llevó a su casa, lo curó, y terminó ayudándolo a conseguir tratamiento médico cuando quedó mutilado por una mina antipersona. Ese gesto —perdonar a quien le quitó un hijo— la llevó hasta el papa Francisco en 2017, a quien le entregó como ofrenda la camisa que su hija desaparecida le había regalado al hijo asesinado. 

También la llevó a Oslo, en 2016, a acompañar al entonces presidente Juan Manuel Santos a recibir el Nobel de Paz, y en 2024 a convertirse en la primera latinoamericana en ocupar la vicepresidencia de Ubuntu Naciones Unidas, un programa que forma jóvenes líderes en 193 países. Nada de eso, dice hoy, la ha vuelto una figura de despacho. Sigue metida en el trabajo de campo: hace veinte días estuvo con la Mesa Departamental de Víctimas en el Bajo Cauca, y el fin de semana próximo viaja a San Luis, donde el Centro Nacional de Memoria acompañará una experiencia de memoria en la que ella participará. “Poco, poco necesito los aplausos”, dice sobre esa costumbre de seguir en la calle así la institucionalidad le ponga trabas. Vive sola en San Carlos —“un ave sin rumbo”— y sale de la casa tres o cuatro días seguidos cuando el trabajo comunitario la reclama en otras subregiones. 

 El proyecto que más le enorgullece por estos días es uno que San Carlos institucionalizó hace diez años y que, cuenta, no existe en ningún otro país que haya vivido un conflicto armado: el desminado humanitario. A eso suma la búsqueda, todavía inconclusa, de los desaparecidos. Según el subregistro de la Unidad para las Víctimas, ochocientas diecisiete personas figuran como desaparecidas en San Carlos. En el marco de la Ley de Justicia y Paz se lograron exhumar ochenta y siete cuerpos, y la Unidad de Búsqueda, la entidad nacida del Acuerdo de Paz, ha intervenido el cementerio del municipio para dar identidad a treinta y tres cuerpos sin nombre. “Los desaparecidos jamás fueron temas del pasado — dice—. La familia lo sigue necesitando, y no le hacen falta solo a la familia, sino a toda una sociedad”. Antioquia Retorno de vida a veredas de Carmen de Viboral tras desminado El museo de la memoria que ayudó a construir con seis salas —una de ellas dedicada por completo a la desaparición forzada— lleva cerrado desde el treinta de diciembre. La Sociedad de Activos Especiales (SAE) vendió el predio a particulares en 2022, y aunque en abril de este año la resolución que declara el bien de utilidad pública llegó por fin al municipio, disputas internas del movimiento político han retrasado la reapertura. Pastora no se guarda el fastidio, pero tampoco se detiene: sigue trabajando en la mesa de participación efectiva de víctimas, tanto a nivel municipal como departamental. 

 Este año cumple setenta, aunque prefiere no hablar de números: “Me he consumido setenta caramelos del tarro de la vida”, dice y ríe, y asegura que la pereza todavía no le ha llegado. Pastora Mira no ha dejado de caminar su pueblo. Entre la ruta del agua y la ruta de la memoria que recorre con los universitarios que la visitan, insiste en que su labor no es cosa del pasado ni un capítulo cerrado: es, dice, un camino que todavía falta por recorrer entero. 


 Preguntas frecuentes 1. ¿Quién es Pastora Mira García y por qué es un referente de reconciliación en Colombia? Pastora Mira García es una líder social y defensora de los derechos de las víctimas nacida en San Carlos, Antioquia. Es reconocida por impulsar procesos de reconciliación, memoria histórica y retorno de las comunidades desplazadas por el conflicto armado. Su historia de vida, marcada por el asesinato y la desaparición de varios familiares, la convirtió en un símbolo nacional de perdón y construcción de paz. 2. ¿Qué familiares perdió Pastora Mira durante el conflicto armado en Colombia? Pastora Mira sufrió múltiples hechos victimizantes a lo largo de su vida. Cuando era niña asesinaron a su padre; posteriormente perdió a su primer esposo, su hija Sandra Paola fue desaparecida por grupos paramilitares y encontrada siete años después, y su hijo Jorge Aníbal fue asesinado en 2005. Estas experiencias la motivaron a trabajar por las víctimas y la reconciliación. 3. ¿Cómo encontró Pastora Mira el cuerpo de su hija desaparecida? Pastora Mira buscó durante siete años a su hija Sandra Paola, desaparecida por grupos paramilitares en 2001. Con el apoyo de la Fiscalía logró localizar e identificar sus restos, convirtiéndose en una de las voces más visibles en la defensa de los derechos de las familias de personas desaparecidas en Colombia.

sábado, 14 de febrero de 2026

La JEP nos recuerda por qué necesitamos la paz. (142)


La JEP nos recuerda por qué necesitamos la paz
14 de febrero de 2026 - 12:01 a.m.




La JEP también le pudo contar al país aspectos de este tipo de crímenes que no conocíamos.
Foto: Cortesía de la JEP




La justicia transicional colombiana acaba de alcanzar un hito que no debería pasar desapercibido. La Sala de Reconocimiento de Verdad de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) anunció que terminó la investigación del Caso 01, que involucra los secuestros cometidos por las extintas FARC. En total, 4.439 víctimas se acreditaron y narraron ante los tribunales de paz los horrores que sufrieron. La justicia identificó a 63 máximos responsables, de los cuales 36 ya han reconocido responsabilidad y solo 23 habían sido condenados por la justicia ordinaria. Aunque los procesos todavía no terminan, toda la información recopilada por la Jurisdicción le ha dado a Colombia el panorama más integral posible de lo que ocurrió durante los peores años del conflicto armado

El Caso 01 ha sido, quizás, el más llamativo porque muchas de las víctimas siguen con vida. Eso permitió que tuviéramos audiencias que se grabaron en la conciencia nacional. Recordamos el llanto y el dolor de los sobrevivientes, que confrontaron a sus victimarios y a un país entero. También vimos la importancia del reconocimiento de la verdad, del perdón. No para una reconciliación ficticia, sino para mirar juntos, como nación, las heridas abiertas, el desastre que causa la guerra.


La JEP también le pudo contar al país aspectos de este tipo de crímenes que no conocíamos. En entrevista con La Silla Vacía, Julieta Lemaitre, magistrada que lideró esta investigación, lo explicó así: “había otro tipo de secuestros... los secuestros de control territorial. Por las características de las regiones donde tendían a ser prevalentes, había un dominio de la guerrilla o eran zonas en disputa. Son hechos que fueron muy poco documentados. Y las personas que fueron secuestradas en busca del control territorial sufrieron mucho más de crímenes cometidos de manera concurrente. Es decir, los matan más, los violan más, los torturan más; les va peor que a quienes son secuestrados con fines financieros, significativamente peor”. El país sabía que la guerrilla usaba los secuestros para financiarse (llegando incluso a cobrar 10.000 millones de pesos por liberación) y para forzar intercambios humanitarios por combatientes encarcelados, pero no conocíamos las dinámicas propias del uso de esta herramienta para control territorial.


Quedan, claro, aspectos por determinar. Por ejemplo, la Sala insiste en que se cometió el delito de esclavitud, algo que el exsecretariado ha negado de manera rotunda. Lemaitre explica que “la esclavitud contemporánea, según el derecho actual, consiste en trabajar sin pago y sin posibilidad de irse. En este caso, la persona queda privada de la libertad y obligada a trabajar”. Hay testimonios de víctimas que prueban precisamente eso, así como el uso de cadenas y los constantes tratos inhumanos.

Ahora, los imputados tienen un mes para aceptar su responsabilidad y pasar a un proceso de reparación, o pedir un juicio, lo que inicia un proceso aparte. Es decir, la historia no termina aquí. Pero, mientras tanto, agradecemos a la JEP por su labor incansable y por mostrarles a las víctimas que el Estado colombiano sí quiso contarles qué y cómo ocurrió durante el conflicto. Lo que se encontró es abrumador. Cerramos con una reflexión de la magistrada Lemaitre que, quizás, sirve para entender por qué Colombia es un país que vive en constante estrés postraumático. “La enormidad del dolor siempre es impactante. Es algo que uno sabe, pero como que no entiende, que en crímenes de esta magnitud tú no tienes una persona que cometa todo el crimen, sino que cada uno hace un pedacito del crimen y es cuando acumulas todo lo que pasó que entiendes. Unos son los que te secuestran, otros son los que te caminan, otros son los que te cuidan, otros los que negocian con tu familia, otros los que cobran la plata. Entonces, es impactante ver que fue una máquina y cada persona respondía por su pedacito”. Por eso necesitamos la paz.

sábado, 31 de enero de 2026

CONTROL CONSTITUCIONAL OPORTUNO . JOSE GREGORIO HERNANDEZ (141)

La Constitución no contempla la suspensión provisional de las leyes demandadas ni de los decretos dictados en uso de los estados de excepción.

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JURISTA, PROFESOR, EXMAGISTRADO Y CATEDRÁTICOActualizado: 

Sin entrar a opinar en el debate sobre determinados procesos actuales o en curso, vale la pena aludir, en abstracto, a las normas constitucionales y legales vigentes en materia de control de constitucionalidad, que han venido siendo aplicadas por la Corte Constitucional desde 1992, casi siempre con resultados favorables a los propósitos buscados: garantizar la prevalencia efectiva y oportuna de la Constitución, la justicia y la seguridad jurídica.
Tanto en lo que respecta a la acción pública de inconstitucionalidad –que puede ejercer todo ciudadano– como en lo que hace al control oficioso y automático que ejerce la Corte en varios casos, se debe buscar definición eficaz y oportuna.
Esas normas señalan perentorios plazos para las actuaciones que deben llevarse a cabo, con miras a la decisión judicial pronta y definitiva sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de las disposiciones objeto de control. Para evitar que la definición al respecto se torne interminable, como infortunadamente viene ocurriendo con el proceso iniciado hace más de un año sobre la legislación pensional (Ley 2381 de 2024).
El artículo 241 de la Constitución confía a la Corte la guarda de la integridad y supremacía de la Constitución, “en los estrictos y precisos términos” de la misma norma. Según el 242, los procesos correspondientes “serán regulados por la ley”. Precisamente, el Decreto ley 2067 de 1991 estableció el régimen procedimental de los juicios y las actuaciones que deben surtirse en ese tribunal.
Según los preceptos constitucionales, de ordinario, la Corte dispondrá del término de sesenta días hábiles para decidir, y el procurador general de la nación goza de treinta para rendir concepto. Al tenor del Decreto 2067, el magistrado sustanciador tiene diez días para admitir o inadmitir la demanda. Admitida la demanda, o vencido el término probatorio cuando este fuere procedente, se ordena correr traslado al procurador y fijar en lista las normas acusadas por el término de diez días –que corren simultáneamente con el término del procurador– para que cualquier ciudadano las impugne o defienda. El magistrado ponente tiene treinta días para elaborar proyecto de fallo, y la Sala Plena de la Corte dispone de sesenta días para dictar sentencia.
¿No sería más ágil y rápido adelantar el proceso normal y dictar pronta sentencia definitiva sobre el decreto declaratorio y, si fuera inexequible, aplicar la inconstitucionalidad por consecuencia?
Los términos son máximos, porque tanto el concepto del procurador como la ponencia y la sentencia pueden tener lugar antes de su vencimiento. Es decir, no hay que esperar al vencimiento del término para proceder al acto correspondiente.
Como puede verse, por mucho que demore el proceso, en el caso de acciones de inconstitucionalidad –que, además, se pueden acumular–, ninguno debería tomarse un año.
En el caso de control sobre los decretos que dicte el Gobierno si acude a cualquiera de los estados de excepción –guerra, conmoción interior o emergencia económica, social, ecológica o por calamidad pública–, dice el artículo 242, numeral 5, de la Constitución que “los términos ordinarios se reducirán a una tercera parte y su incumplimiento es causal de mala conducta, que será sancionada conforme a la ley”.
Ni la Constitución ni las leyes contemplan la figura de la suspensión provisional de las leyes demandadas ni tampoco de los decretos dictados en uso de los estados de excepción. Sí lo hace, de manera expresa, el artículo 238 de la Constitución, pero para la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
Esa posibilidad, para los procesos de control a su cargo, la añadió la propia Corte, ni siquiera por sentencia, sino mediante Auto 272 del 2 de marzo de 2023.
Una reflexión: si se suspende provisionalmente el decreto declaratorio de cualquiera de los estados de excepción y ya –antes de la suspensión– se han dictado decretos legislativos en su desarrollo, ellos no están suspendidos. Siguen produciendo efectos. ¿No sería más ágil y rápido adelantar el proceso normal y dictar pronta sentencia definitiva sobre el decreto declaratorio y, si fuera inexequible, aplicar la inconstitucionalidad por consecuencia?

PASTORA MIRA: DÈCADAS DE CONVERTIR EL DOLOR DE SAN CARLOS EN MEMORIA Y PERDÒN.

Pastora Mira: décadas de convertir el dolor de San Carlos en memoria y perdón  Este pueblo del oriente antioqueño fue el primero en tener un...