Nota del editor: A continuación transcribimos columna de nuestra autoria publicada por la revista Arcoiris.com.co, de reciente aparición en internet. Damos las gracias a los directores y editores de dicho medio, por prestarnos su espacio para difundir nuestra opinión, que siempre será un aporte humilde pero sentido a la búsqueda de la reconciliación entre los colombianos.
Nota: de acuerdo con lo recientemente revelado
por un ex-comandante desmovilizado a la Revista Semana, donde expone el
manejo que desde la misma Fiscalía General de la Nación se le ha venido
dando a la información entregada por los desmovilizados a Justicia y
Paz sobre quienes fueron los beneficiarios directos, determinadores y
financiadores del paramilitarismo en Colombia, cambiaríamos el titulo de este
artículo, dejando la interrogación por una contundente afirmación:
"CASOS EMBLEMATICOS PARA LEGALIZAR LA IMPUNIDAD".
01.04.2012 11:04pm
¿Casos emblemáticos o legalizar la impunidad?
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La
impunidad es el mayor problema de la justicia en el mundo. Por ello se
constituyen instrumentos internacionales dedicados exclusivamente a combatirla,
pero no solamente por su intrínseco problema de “no justicia”, o de injusticia,
sino porque es el factor que más incide en la repetición de los delitos. Muchos
delitos se cometen porque se tiene la oportunidad de cometerlos, y porque no
hay factores disuasivos que los eviten, lo que conlleva a que la impunidad sea
entonces el mayor determinante en la repetición de conductas criminales. Para
encontrar esto no se requiere de grandes estudios e investigaciones, sino que
es una conclusión a la que se puede llegar por simple sentido común.
Y
claro que a esto no escapa ninguna modalidad delictual, puesto que en los
delitos de cualquier índole, así se prevengan por los métodos tradicionales que
emplean los Estados, la oportunidad de la impunidad es algo que supera las
barreras morales y desde luego permite la repetición de la comisión de nuevos
delitos, desde los de menor reproche social hasta los de lesa humanidad, que a
su vez vienen aparejados con nueva impunidad. De ahí el gran interés de la
humanidad por combatirla. Es combatiendo la impunidad, como se rompe el círculo
vicioso y maléfico del crimen.
Incluso
en los casos de crímenes que ofenden la humanidad no es necesario establecer
grandes penas, no es necesario establecer la cadena perpetua, pues es posible
llegar a unos sistemas punitivos bien concebidos, orientados a la prevención
que permitan una verdadera y rápida resocialización del delincuente, incluso
llegando en algunos casos a sustituir las medidas privativas de la libertad por
otro tipo de sanciones, pero esos sistemas deben ser omnicomprensivos, deben
contener y comprender todas las estructuras, no solamente a quienes las
cometieron materialmente, sino a todos aquellos que las promovieron, las
financiaron y a quienes directamente se beneficiaron de dichos crímenes.
Se
debe entonces romper la ecuación actual de (EN ALGUNOS CASOS) delito = cárcel,
por la ecuación: (EN TODOS LOS CASOS) delito = verdad + reparación +
restricción de la libertad + garantías de no repetición.
Es
necesario entonces llevar a los sistemas jurídicos no solamente a que se
reprima el delito, sino también a que se prevenga la comisión de nuevos delitos
y se garantice la no repetición en el caso de las graves violaciones de los
derechos humanos. Si en algo avanzado la humanidad es en la concepción
holística del ser humano, como centro y fin del sistema universal de derechos y
deberes orientados al logro de una cada vez más perfecta convivencia. Entonces
no es posible pasar por alto las situaciones que han constituido graves
violaciones de los derechos humanos, cometidas en muchos casos para favorecer
intereses de quienes se conocen en la teoría del derecho penal como “hombres de
atrás” que en muchos casos permanecen en la sombra de la impunidad y desde
luego, no han aprendido la lección.
De
ahí el peligro de la propuesta actualmente en trámite legislativo, de pasar de
un proceso de Justicia y Paz que tiene para la justicia colombiana la
obligación de investigar y documentar todas las violaciones de los derechos
humanos que ocurrieron en Colombia, con ocasión del conflicto armado que ha
desangrado nuestro país, a un proceso en el que se documentan investigan y
resuelven los “casos emblemáticos”, lo que dejaría por fuera
automáticamente un universo de casos que llevan aparejado necesariamente
un gran universo de víctimas, a las que la justicia colombiana tiene la
obligación de darles una respuesta, independientemente de si su caso es
emblemático o no. La selectividad casos conlleva a la impunidad en los casos no
seleccionados.
No
se le puede olvidar al legislador, y menos a la justicia colombiana, que cada
caso es “emblemático” para sus víctimas, y tampoco que permitir de cualquier
manera la impunidad genera responsabilidad de carácter penal internacional
frente a los instrumentos internacionales que la reprimen y la previenen. Y
tampoco se le puede olvidar al legislador, ni a la justicia, que todo el
proceso de justicia transicional en Colombia tiene un objetivo muy claro y es
lograr que las graves violaciones de derechos humanos que han venido ocurriendo
en Colombia jamás se vuelvan a repetir.
/ Antonio
José García Fernández
*Abogado de la
Universidad de Antioquia, ha realizado estudios de posgrado en materias
sociales y jurídicas, fundador y editor del desaparecido periódico “URABA
HOY”; ha sido asesor jurídico en procesos de Justicia transicional en Colombia.
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